miércoles, 2 de junio de 2010

RESPONSABILIDAD DEL EMPLEADO EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS DE BIOSEGURIDAD:



A pesar de que el empleado es la razón final de un Programa de Salud Ocupacional y el mayor beneficiado en su desarrollo, es necesario hacer énfasis en que a él le corresponde la mayor parte de la responsabilidad. Es obligación del empleado el seguimiento estricto de las Normas de Bioseguridad a fin de garantizar un trabajo seguro. La seguridad del empleado depende sobre todo de su propia conducta, lo cual está condicionado a un acto voluntario del trabajador por educación y motivación.

No hay comentarios:

Publicar un comentario